ARCA actualiza el régimen de reducción de anticipos de ganancias

Se introdujeron cambios en los plazos y parámetros para ejercer la opción de disminución de anticipos aplicable a partir del 28 de octubre de 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, por medio de la resolución general Resolución General 5778 estableció modificaciones en el régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias.

Se dispuso que las personas jurídicas podrán solicitar la reducción a partir del tercer anticipo, inclusive, cuando se considere que la suma total a ingresar en tal concepto, por el régimen general, superará en más del 25% el importe estimado de la obligación del período fiscal al cual es imputable.

Se destaca que para todos los contribuyentes se mantiene la opción de ejercer la reducción a partir del primer anticipo si la diferencia estimada entre los anticipos generales y la obligación final supera el 40%.

La RG 5778 también ajustó los parámetros que determinan el procedimiento especial aplicable a las solicitudes de reducción de anticipos, elevando los montos a partir de los cuales se activa este procedimiento especial:

  • Para los contribuyentes comprendidos en el segmento 11: $ 250.000.000.
    La referida segmentación podrá consultarse a través del servicio “web” denominado “Sistema Registral”, menú “Consulta”, opción “Datos registrales”, ítem “Datos fiscales”.
  • Resto de contribuyentes: $ 200.000.000